Reglamento Propuesto 2026
Versión Revisada Tras el Período de Comentarios
Estimados Vecinos:
Reciban un cordial saludo.
Conforme a la convocatoria enviada el 13 de febrero de 2026, informamos que el período para someter comentarios sobre el Reglamento Propuesto 2026 concluyó el pasado viernes. Recibimos una cantidad significativa de comentarios y sugerencias puntuales.
Cada uno fue evaluado en reunión formal de la Junta, ayudando a fortalecer, aclarar y armonizar el documento previo a su consideración en Asamblea.
Hoy compartimos la versión revisada, según discutida y aprobada por la Junta, incorporando enmiendas derivadas del insumo comunitario.
Para facilitar su revisión:
Los cambios sustantivos incorporados están resaltados en amarillo en el documento.
Las disposiciones eliminadas no aparecen marcadas en el texto, pero se detallan expresamente a continuación para fines de transparencia.
I. Cambios Sustantivos Incorporados
1. Trato Igualitario y Acomodo Razonable
Ubicación: Capítulo V – Artículo 5 – Inciso 3 – Derechos de los Miembros
Se añadió disposición expresa reconociendo:
Derecho a trato no discriminatorio.
Derecho a solicitar acomodo razonable conforme a ley.
Esta inclusión fortalece el marco de equidad e inclusión dentro de la urbanización.
2. Sistema de Votación – Clarificación y Armonización
Ubicación:
Definición: Capítulo IV – “Voto”
Operativa: Capítulo VIII – Artículo 7 (Votación en Asambleas)
Cambio clave:
Se armoniza la definición y ejercicio del voto, eliminando lenguaje contradictorio anterior.
Queda claro que existe:
Un (1) voto por unidad residencial por Titular,
independientemente de la cantidad de propiedades que posea en la urbanización.
3. Derramas – Parámetros y Límites Claros
Ubicación: Capítulo IX – Artículo 3
Se armoniza el Reglamento con la Escritura de Condiciones Restrictivas, estableciendo que:
La Junta puede autorizar derramas que no excedan el 15% de la cuota anual correspondiente a un año en particular.
Cualquier derrama que exceda ese umbral requerirá aprobación en Asamblea.
Este parámetro ya está dispuesto en la Escritura, y ahora queda claramente reflejado en el Reglamento.
4. Eliminación del concepto “Petty Cash”
Ubicación: Capítulo IX – Artículo 2 y a través del texto
Se elimina el término “petty cash”, ya que podía interpretarse como la existencia de un fondo en efectivo permanente, lo cual no era el propósito.
El Reglamento vigente permitía autorizar gastos menores de $500 sin aprobación en Asamblea. El Reglamento Propuesto:
Aumenta esa cantidad a $800, considerando el aumento en costo de vida.
Sustituye el concepto por un mecanismo de reembolsos documentados para:
Gastos operacionales del día a día,
Gastos ordinarios,
Gastos de emergencia.
Todo sujeto a controles y evidencia.
5. Reorganización de Topes y Cotizaciones
Ubicación: Capítulo IX – Artículo 3
Se reorganizó el esquema completo para mayor claridad interna:
Gastos ordinarios
Proyectos extraordinarios
Obras permanentes
Requisitos de cotizaciones
Mayorías requeridas cuando el costo no sea el único criterio
El objetivo fue fortalecer los controles administrativos y la coherencia procedimental.
6. Videovigilancia y Protección de Intimidad
Ubicación: Capítulo VI – Artículo 5, Inciso 20
Se incorpora nueva disposición que establece que:
No podrán grabarse interiores de otras propiedades.
No podrán dirigirse cámaras hacia terrazas, balcones, patios u otras áreas con expectativa razonable de intimidad.
Se procura balance entre seguridad y derecho a la privacidad.
7. Mantenimiento y Área Adyacente
Ubicación: Capítulo VI – Artículo 5, Inciso 13
Se clarifica el deber de:
Mantener el área de siembra.
Mantener la acera colindante o adyacente.
Armonizar el lenguaje con el marco municipal aplicable.
8. Comité de Arquitectura – Armonización
Ubicación: Capítulo VII – Artículo 9, Inciso 2
Se añade inciso aclaratorio estableciendo su composición conforme a la Escritura de Condiciones Restrictivas.
No se crea figura nueva; se armoniza lo ya existente con el marco registral aplicable.
9. Transparencia Administrativa
Ubicación: Capítulo VII – Artículo 5, Inciso 34
Se añade obligación de publicar:
Minutas aprobadas.
Informes del Tesorero, una vez aprobados.
Se fortalece la rendición de cuentas.
10. Contabilidad y Servicios Profesionales
Ubicación: Capítulo XI – Artículo 2, Incisos 3 y 4
Se modifica el término CPA por Contable, flexibilizando el lenguaje.
Se mantiene:
La obligación de contratar servicios de contabilidad.
El cumplimiento con lo que la ley exija a asociaciones de residentes de tiempo en tiempo.
Además, en la sección de agencia de cobros, se incluye referencia expresa a servicios de contabilidad.
II. Ajustes de Estructura y Forma
Además de los cambios sustantivos, se realizaron múltiples ajustes técnicos:
Corrección integral de capítulos I–XII.
Reorganización y armonización de numeración.
Ajustes en la tabla de contenido.
Eliminación de repeticiones.
Corrección de redacción y estilo.
Armonización de referencias cruzadas.
Ajustes en lenguaje técnico para mayor coherencia normativa.
Corrida leve de páginas producto de la reorganización.
Estos cambios no alteran la intención normativa, sino que fortalecen la claridad y consistencia del documento.
III. Asamblea Extraordinaria – 6 de marzo de 2026
Conforme dispone la agenda oficial, y por razones de orden y tiempo, la Asamblea Extraordinaria del próximo:
📅 Viernes, 6 de marzo de 2026
🕖 7:00 p.m.
📍 Gazebo
se circunscribirá exclusivamente al tema del Reglamento Propuesto y su aprobación.
Se acompañan:
Agenda oficial
Proxy
Reglamento Propuesto 2026 (versión enmendada)
Agradecemos profundamente todos los comentarios recibidos. El objetivo de esta revisión ha sido:
Incorporar el insumo de la comunidad,
Reducir ambigüedades,
Fortalecer el documento para beneficio colectivo.
Les esperamos el próximo viernes.
Cordialmente,
Junta de Directores
Asociación de Propietarios
Mansiones de Bairoa, Inc.